¿Quienes Somos?
Según Ley.
El INJUPEMP tiene por objeto, mediante la captación, administración e inversión de sus recursos económicos, la prestación de los beneficios previsionales establecidos en su Ley.
Asamblea de Participantes y Aportantes |
Representantes
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Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social (SEDIS). |
Ricardo Cardona. |
Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social (STSS). |
Carlos Madero Erazo. |
Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). |
Wilfredo Cerrato. |
Asociación Nacional de Empleados Públicos de Honduras (ANDEPH). |
Dulce María Zavala. |
Central Unitaria de Trabajadores de Honduras (CUTH). |
Norma Iris López. |
Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Poder Ejecutivo de Honduras (ANJUPPEH). |
Olivia Valdivieso y Lindolfo Sandoval. |
INJUPEMP
En la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a lo doce días del mes de marzo de dos mil quinde la Directora Interina del Instituto Nacional de Jubilados y Pensionados de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo INJUPEMP.
CONSIDERANDO (1):
Que mediante Decreto Legislativo No. 357-2013 el Congreso Nacional de la República aprobó la Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo INJUPEMP, con fecha 20 de enero de 2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 5 de abril de 2014 y puesta en vigencia el 13 de mayo de 2014.
CONSIDERANDO (2):
Que mediante Acuerdo No. 261-2014 el Secretario de Estado en el Despacho de la Secretaría de la Presidencia, en uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo 001-A-2014 de fecha 31 de enero del año 2014, nombró a la ciudadana MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA en el cargo de Directora Interina del INJUPEMP.
CONSIDERANDO(3):
Que el artículo 125 de la Ley del INJUPEMP establece que el Director y Sub Director Interino desempeñan las funciones descritas en los artículos 18, Atribuciones y Funciones del Directorio de Especialistas, y están sujetos a las responsabilidades descritas en el artículo 23, Responsabilidad de los Miembros del Directorio y de la Asamblea, y demás artículos aplicables de la Ley del INJUPEMP, con el fin de mejorar los servicios a la ciudadanía y el fortalecimiento en la transparencia del Gobierno.
CONSIDERANDO (4):
Que el Señor Presidente de la República aún no ha nombrado al Sub Director Interino del INJUPEMP, por lo que le corresponde a la Directora Interina asumir las funciones del Directorio de Especialistas”